Arraigo para la formación: Permiso de residencia en españa a través de la formación

Arraigo para la formación

¿Qué es el arraigo para la formación?

El arraigo para la formación es un nuevo tipo de permiso de residencia que permite a los extranjeros que se encuentran en situación irregular en España vivir en el país durante 12 meses (extensibles) siempre y cuando empiecen a formarse o estudiar.

Este programa está creado para ciudadanos no europeos que se encuentran en situación irregular en España y desean cambiar esta situación regular. Estas personas pueden optar por realizar cursos formativos para poder solicitar este arraigo y modificar posteriormente a permiso de trabajo.

Aquellas personas que deseen solicitarlo deben comprometerse a realizar un programa de formación.

Mediante el Arraigo por Formación, los extranjeros obtendrán una autorización de residencia inicial con una duración de un año, que podrá ser prorrogada, según lo establecido en el Real Decreto 629/2022.
En caso de que la formación exceda los 12 meses de la solicitud inicial, o si los estudios no pudieron completarse en ese plazo, se podrá solicitar una prórroga de hasta un año adicional.

¿Cómo se solicita el arraigo para la formación?

Los solicitantes podrán presentar la solicitud de manera telemática a través de la Plataforma Mercurio, o presencialmente (con cita previa) en la Oficina de Extranjería que corresponda según su domicilio.
Documentación Necesaria*:

  • Impreso de la solicitud
  • Copia completa del pasaporte o título de viaje
  • Certificado de antecedentes penales
  • Compromiso de realización de la formación
  • Documentación acreditativa de la permanencia en España

* Si se presentan documentos emitidos en otros países deberán ser traducidos por un traductor jurado al castellano o lengua cooficial.

Una vez solicitado el permiso de residencia deberá abonar la “Tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales” (Modelo 790 código 052) en un plazo de 10 días hábiles, en el momento de admisión a trámite de la solicitud.

¿Qué requisitos necesito para el arraigo para la formación?

Para obtener este permiso de residencia se deberan cumplir simplemente tres requisitos fundamentales:

  • Residencia continuada en España de dos años durante los dos años previos a la solicitud.
  • Carencia de antecedentes penales tanto en España como en cualquier otro país en el que hayas residido durante los últimos 5 años.
  • Compromiso de formación: El solicitante debe comprometerse a realizar una formación, lo cual implica participar activamente en un programa educativo o de capacitación que contribuya a su desarrollo personal y profesional.

Estudios y formaciones permitidas

  • Formación reglada del Sistema de Formación Profesional
  • Certificados de Profesionalidad, Cursos de Especialización, títulos de Formación Profesional, Certificados de Competencia

  • Formación para obtener certificaciones de áptitud técnica
  • Se refiere a la formación que conduce a la obtención de certificaciones de aptitud técnica o habilitaciones específicas para ejercer una ocupación determinada.

  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo
  • Incluye los cursos y programas de formación que se encuentran en el Catálogo de Especialidades Formativas.

  • Titulaciones de máster oficial, cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales
  • Se considera la formación de nivel de máster oficial en universidades, así como cursos que permiten ampliar o actualizar competencias y habilidades.

¿Cuándo realizo la matrícula?

Una vez que el solicitante haya comprometido su participación en el programa de formación y se le haya concedido la autorización de residencia, podrá formalizar la matriculación en el curso, haciendo efectivo el permiso de residencia. Será necesario presentar la documentación que acredite su matriculación en un plazo máximo de tres meses desde la notificación de la concesión. Esta documentación debe ser presentada en la Oficina de Extranjería.

En caso de que la matriculación acreditada no cumpla con los requisitos establecidos o no se presente dentro del plazo máximo de tres meses, la Oficina de Extranjería tendrá la facultad de revocar la autorización. Es esencial cumplir con los plazos establecidos.

*Si el estudiante se matricula en un certificado de profesionalidad de nivel 1, no será necesario cumplir con ningún requisito académico o profesional adicional. Podrá realizar la formación sin necesidad de presentar títulos homologados o convalidados.

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  • Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales
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  • Vigilancia, seguridad privada y protección de explosivos
  • Vigilancia, seguridad privada y protección de personas

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